Nueva ley de comercio Catalan

11 de enero de 2017

El martes 3 de enero de 2017, el Gobierno de la Generalitat ha aprobado el anteproyecto de ley de comercio, servicios y ferias de Catalunya.
Las principales novedades
En materia de horarios comerciales, la ley establece como norma general la apertura de 75 horas semanales, de lunes a sábado (en la anterior ley catalana de horarios preveía 72 horas/semana). Como excepción al régimen general, para los municipios de menos de 5.000 habitantes, se contempla libertad de horarios para los establecimientos comerciales de menos de 150 metros cuadrados de superficie, que no pertenezcan a grandes cadenas de distribución, sea cual sea la actividad comercial. Cabe decir que se mantiene el número de días festivos de apertura autorizada en un total de 10: 8 a criterio de la Generalitat, previa consulta del Consejo Asesor de Comercio, y 2 a criterio de los ayuntamientos.
Otra novedad son las áreas de degustación. Por primera vez, se regula la posibilidad de que los comercios dedicados a la venta de productos de alimentación puedan instalar un área de degustación en su establecimiento. La idea es ofrecer a estos tipos de comercios una vía complementaria de explotación económica, más ajustada a las preferencias de los consumidores actuales. Sin embargo, para garantizar la competencia leal con los restaurantes y bares, la ley marca un límite en el espacio dedicado a área de degustación (33% del total de la superficie comercial del establecimiento). La ley también prevé que los ayuntamientos podrán variar este límite.
Asimismo, otra novedad hace referencia a la concreción del concepto de municipio turístico. En este sentido, se marcan cuatro supuestos concretos a los que se puede acoger un municipio para ser declarado turístico a efectos de horarios comerciales: que el municipio disponga de un bien declarado Patrimonio de la Humanidad o inmueble de interés cultural integrado en el patrimonio histórico-artístico que genere una afluencia anual acreditada de visitantes; que acoja algún gran evento deportivo o cultural de ámbito nacional o internacional; que disponga de un área comercial que genere una afluencia acreditada de visitantes de fuera de Cataluña; o de una zona portuaria en la que operen cruceros turísticos con mínimo 400 mil viajeros al año acreditados. Por otra parte, pasa de 8 a 4 años la revisión de la declaración de municipio turístico.
En materia de rebajas, como novedad, se deja en manos del comerciante el momento en que quiere llevar a cabo la venta en rebajas. Sin embargo, la ley sigue recomendando realizar las campañas en las temporadas habituales (invierno y verano), como se viene realizando tradicionalmente este tipo de venta en Cataluña. La ley continúa regulando las condiciones en que deben hacer las rebajas (los productos rebajados deben ser stocks propios, deben haber sido puestos a la venta con anterioridad en el mismo establecimiento, no pueden ser productos defectuosos o deteriorados (saldos), y tampoco pueden haber sido fabricados expresamente para vender en rebajas).
El proyecto de ley recoge también expresamente la voluntad política de contribuir a la eficiencia y mejora de la actividad comercial, mediante un Plan de Fomento de la Competitividad del Comercio Urbano. Este plan tiene por objeto poner a disposición del sector las herramientas que permitan a los empresarios más capacidad de adaptación al entorno económico y potenciar la capacidad de crecimiento y de internacionalización.
Por otra parte, en relación a la venta u ofrecimiento de productos a domicilio, por primera vez se introduce la prohibición de ofrecer y vender productos o servicios mediante visitas a domicilio, llamadas o mensajes de teléfono si no han sido previamente solicitados o aceptados por sus titulares o residentes. En estos casos, hay que acreditar documentalmente dicha aceptación previa. Por el contrario, las buzoneo se podrán realizar siempre y cuando los particulares no hayan manifestado su oposición a recibir. Cada envío deberá informar de los medios para oponerse a seguirlas recibiendo. También es novedad la creación un censo que permita conocer la realidad del comercio y de los servicios así como las principales magnitudes que les afecten.

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